Monday, 16 September 2013

Lugares y Espacios de trabajo

R.D.486/1997

Este R.D. se aplica a los lugares de trabajo contemplados en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre.

Se excluyen dentro de este Real Decreto, es decir , no son de aplicación:

-Medios de transporte utilizados fuera de la empresa o del centro de trabajo.
-Obras de construcción temporales o móviles
-Industrias de extracción
-Buques de pesca
-Campos de cultivo, bosques y otros terrenos situados fuera del centro de trabajo.

Puntos que se tratan:

Seguridad estructural
Espacios de trabajo
Suelos, aberturas y desniveles, barandillas
Tabiques, ventanas y vanos, techos y paredes
Vías de circulación
Muelles de carga
Escaleras fijas y de servicio, rampas
Escaleras de mano
Instalación eléctrica
Minusválidos
Orden y limpieza
Iluminación