Wednesday, 29 August 2012

Convenio del metal





Contenido formativo del primer ciclo de formación: Nivel inicial

Este contenido formativo, que tendrá una duración de 8 horas.


Contenido formativo en función del puesto: Segundo Ciclo de Formación

Contenido formativo para los directivos de las empresas

 El contenido formativo para directivos de empresa, cuyo módulo tendrá una duración mínima de 10 horas.

Contenido formativo para administrativos

Formación específica en el puesto 20 horas.

Contenido formativo para delegados de prevención

 El contenido formativo para delegados de prevención, cuyo módulo tendrá una duración mínima de 50 horas.

Contenido formativo para mandos intermedios

 El contenido formativo para mandos intermedios, cuyo módulo tendrá una duración mínima de 20 horas.


Contenido formativo para los responsables y los Técnicos de ejecución de la actividad

El contenido formativo para responsables y Técnicos de ejecución de la actividad, cuyo módulo tendrá una duración mínima de 20 horas.

Más información:

http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/20/pdfs/BOE-A-2009-4714.pdf

Monday, 27 August 2012

Fotos...



La escalera debe sobresalir un metro y habría que verificar si dispone de las zapatas antideslizantes y los peldaños están en buen estado.  Tener en cuenta también los 75º grados con la vertical.


El vallado  no se pueden agarrar con verguillas los tablones y menos a los hierros corrugados.  Los tablones se pueden usar en horizontal como pasamanos, barra intermedia y rodapié pero insertados en los "palos" verticales adecuados.
  Por otra parte, dichos hierros deberían tener setas protectoras.

Formación . obligatoria? responsabilidades?



Artículo 19: Formación de los trabajadores
  1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
    La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.
  2. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.


Sunday, 26 August 2012

ABSENTISMO LABORAL

El absentismo laboral crece en España

En nuestro país se pierden una media de 11,6 días por trabajador al año, el doble que en Canadá y Australia, según un informe de Adecco

Adecco ha presentado un informe sobre absentismo realizado en colaboración con el IESE, Garrigues, Fremap y la universidad Carlos III de Madrid que ha analizado las bajas laborales entre 1970 y 2010 en España, Suiza, Finlandia, Dinamarca, Australia, Canadá y EE.UU. La conclusión principal es que nuestro país mantiene un elevado nivel de absentismo laboral.
Así, España, con una media de 11,6 días perdidos por trabajador y año, es el país con mayor nivel de bajas laborales de los analizados y presenta una tendencia muy creciente en el tiempo. Estados Unidos (con una media de 4,9 días) es el país que presenta los menores niveles de bajas laborales y mantiene, además, una tendencia decreciente en el tiempo. En Suiza (con una media de 10,9 días) el número de bajas laborales es también alto y la tendencia es de alza moderada. Finlandia, Dinamarca, Canadá y Australia (con 8,3, 7,0, 6,8, y 6,6 días de media respectivamente) presentan niveles de bajas laborales medias y estables, o con alzas muy moderadas.
La tasa de absentismo estimada con datos de la Encuesta de Coyuntura Laboral del Ministerio de Trabajo oscila entre el 3% en 2003 y el 3,8% en 2009. En 2010 desciende levemente al 3,7%. Si se emplea la Encuesta Trimestral de Coste Laboral del INE, la tasa es algo mayor, y sube desde el 3,7% en 2000 hasta el 4,8% en 2009; en 2010 es del 4,6%, según el informe.
Las comunidades autónomas que presentan menor tasa de absentismo, según los datos de la Encuesta de Coyuntura Laboral de 2010, son Baleares (3,3%), Extremadura (3,4%), Andalucía (3,6%), Madrid (3,7%) y Comunidad Valenciana (3,7%). Las que tienen mayor tasa son País Vasco (5,3%), Cantabria (4,7%), Navarra (4,5%) y Galicia (4,5%).
El absentismo es más alto en empresas con mayor número de trabajadores. La tasa de absentismo de 2010 fue del 2,3% en las empresas más pequeñas y del 5,8% en las más grandes.
Por sectores, la tasa de absentismo de 2010 es del 4,9% en industria, del 3,8% en servicios y del 3% en construcción. El mayor incremento relativo de los últimos años se registra en el sector construcción, con un crecimiento del 43% entre 2003 (2,1%) y 2010 (3%).

 

Saturday, 25 August 2012

Actuaciones en caso de accidentes










ACCIDENTES GRAVES, MUY GRAVES O QUE OCASIONEN EL
FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR Y LOS QUE AFECTEN A MAS DE CUATRO TRABAJADORES 


En estos casos, la Empresa, además de cumplimentar los Partes de Accidente, debe comunicar a la Autoridad Laboral de la Provincia donde haya ocurrido el Accidente, en un plazo máximo de 24 horas, por el Sistema Delta@, por tele- grama, fax u otro medio de comunicación análogo, la ocurrencia del Accidente, salvo en los ocurridos al ir o volver del trabajo. 
 
En la comunicación debe constar:

- La razón social, teléfono y domicilio de empresa.
 -Nombre del o los accidentados.
- Dirección de donde ocurrio el accidente y breve descripción del mismo.


ACCIDENTES LEVES 

 
    1. En aquellos que disponga Centro Médico, se avisará al ATS/DUE para que el accidentado reciba la primera asistencia.
    2. En el caso de que el Centro no tenga Enfermería, el accidentado deberá dirigirse a:
      • Trabajadores de MUFACE -Al centro hospitalario que le corresponda, en función de su pertenencia al INSS o a la entidad médica que tenga concertada el trabajador.
      • Trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social
        -Al centro hospitalario o asistencial concertado (Mutua de Accidentes) más próximo al lugar del accidente. 
      • En caso que requiera atención médica urgente, traládelo al centro sanitario más cercano y pongáse en contacto con su Mutua de Accidentes. 

 EMPRESA DEBE HACER ALGO?

La empresa tiene la obligación de comunicar a la mutua el accidente de trabajo y entregarle el volante de asistencia sanitaria al accidentado para que pueda ser atendido por el servicio médico de la mutua.


EL ACCIDENTADO NO CAUSA BAJA LABORAL:

Entendemos por accidentado que no causa baja laboral cuando al recibir asistencia sanitaria se reincorpora al lugar de trabajo el mismo día o al día siguiente del accidente. En este caso el trabajador no percibiría prestación económica por parte de la mutua.

·       Accidentes sin baja médica deben comunicarse a través de internet, en la página www.delta.mtas.es mediante el sistema Delt@.
·       La empresa  deberá emitir la relación de accidente de trabajo sin baja médica dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que corresponda la relación. Si no se presenta la relación.
          constituye una infracción leve que puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo y Asuntos Sociales .


Wednesday, 22 August 2012

REA

 


  ¿Qué es el Registro de Empresas Acreditadas?

Es un registro en el que deben inscribirse todas aquellas empresas que deseen intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción.
Esta inscripción supone la forma de acreditar el cumplimiento de los requisitos de calidad y solvencia –a excepción de la obligación de disponer de un porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos- que impone la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto.

 ¿Desde cuando es obligatorio estar inscrito en el REA para poder trabajar en una obra de construcción?. ¿Desde cuándo puedo inscribirme en el REA?. ¿Cómo puedo dirigirme al REA?

La obligación es exigible desde el día 26 de agosto de 2008.
En cuanto a la forma de inscripción, se pueden realizar tramitaciones de manera presencial, y de manera electrónica en aquellas Comunidades Autónomas en las que así lo establezca la norma de creación del correspondiente Registro. Es importante destacar que algunas Comunidades Autónomas sólo admiten la tramitación electrónica.

¿Quién está obligado a inscribirse?

Todas las empresas y los trabajadores autónomos con asalariados, que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas.

¿Deben inscribirse los promotores de obras? ¿Y cuando tienen también la condición de contratistas?

Están exentos de la obligación de inscripción en el REA todos los promotores de las obras que no tengan consideración de contratistas.
Por el contrario, cuando el promotor asuma también la posición de contratista en la obra de construcción tendrá que inscribirse en el REA.
Dicha obligación de inscripción se deriva directamente del artículo 3e) de la LSC que establece: "cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la presente Ley".  Por tanto, y en atención a esta consideración de contratista, estará obligado a inscribirse en el REA correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma donde radique su domicilio social.

¿Tienen que inscribirse también las Administraciones Públicas, por ejemplo, los ayuntamientos?

Sí, las Administraciones tienen que inscribirse si participan como contratistas o subcontratistas en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción.

¿Cuál es la formación exigible a los trabajadores que presten servicios en obras de construcción?

De acuerdo con el Real Decreto 1109/2007, los directivos deben tener una formación mínima de 10 horas.

Formación inicial del convenio de 8 horas (si es construcción o metal).Realizada por aquellos trabajadores que acceden a la obra y que pertenezcan al convenio de la construcción o del metal, sino realizarian la formación en el puesto (charla en el puesto de trabajo).



Tuesday, 21 August 2012

NTP 682: Seguridad en trabajos verticales (I): equipos



NTP 682: Seguridad en trabajos verticales (I): equipos 



Definición. Campos de aplicación. Fases 

Los trabajos verticales son técnicas para trabajar en altura que se basan en la utilización de
cuerdas, anclajes y aparatos de progresión para acceder a objetos naturales (árboles), subsuelo
(pozos), construcciones (edificios, diques,  puentes, etc.), junto con todos los accesorios
incorporados a las mismas para la realización de algún tipo de trabajo.
La utilización de las técnicas de trabajos verticales, es aconsejable en aquellos trabajos donde el
montaje de sistemas tradicionales (por ej. andamios), resulta dificultoso técnicamente o presentan
un riesgo mayor que realizarlo con dichas técnicas con independencia de que la duración de
muchos de estos trabajos, hace que económicamente no sean  rentables. Los campos de
aplicación más utilizados en estas técnicas son:

  •  Acabados y mantenimiento de edificios nuevos y antiguos 
  •  Rehabilitación y mantenimiento de equipos industriales y monumentos 
  •  Líneas eléctricas aéreas 
  •  Presas y centrales hidráulicas 
  •  Montajes en altura 
  •  Trabajos diversos en frentes rocosos y taludes 
  •  Obra civil y pública 
  • Los trabajos verticales comprenden las siguientes fases: 
  •  Planificación del trabajo a realizar, incluido el estudio de seguridad y el plan preventivo 
  •  Instalación en el inmueble, edificio u objeto de puntos de anclaje (instalaciones de cabecera)  de progresión 
  •  Maniobras de ascenso o descenso hasta el punto de operación 
  •  Posicionamiento en el punto de operación 
  •  Ejecución de los trabajos propiamente dichos 
  •  Descanso después de la realización de los trabajos 
  •  Recuperación de los sistemas de anclaje (instalaciones de cabecera) y progresión instalados 

a no ser que las intervenciones tengan una periodicidad que aconsejen que sean
permanentes

Conectores 


Son pequeñas piezas en forma de anillos de metal, con apertura, que se utilizan para la conexión de elementos del equipo vertical. Existen dos tipos principales: los mosquetones y los maillones.
Los mosquetones son anillos de metal con un sistema de apertura de cierre automático en forma de pestaña. Sirven de nexo de unión entre la persona y los materiales o entre los diferentes accesorios. Hay mosquetones sin seguro y con seguro.
Los mosquetones sin seguro están formados por una pieza en forma de C y una pestaña que al presionarla permite su apertura. Pueden abrirse de forma accidental por lo que no deben usarse para trabajos verticales y solo se pueden emplear para maniobras auxiliares como conectar herramientas.
Los mosquetones con seguro llevan un sistema de cierre que necesita dos movimientos en distintas direcciones para abrirlos. Los dos más conocidos son los mosquetones con seguro de rosca cuya pestaña contiene un cilindro de metal superpuesto que avanza mediante una rosca hasta que cubre el punto de apertura, y los mosquetones con seguro de muelle que disponen de un sistema que necesita que se tire hacia atrás al mismo tiempo que se gira unos 30º. En ambos casos es casi imposible que se abra de una forma accidental. El material más adecuado es el acero. Ver fig. 1.

Fig.1


En la utilización se debe evitar que soporte cargas sobre el brazo de cierre de forma permanente. Ver en la figura 2 un caso en que el mosquetón está en una posición incorrecta.

Figura 2

Posición incorrecta de mosquetón
En general, todos los conectores deben estar libres de bordes afilados o rugosos que puedan cortar, desgastar por fricción o dañar de cualquier otra forma las cuerdas, o producir heridas al operario.
Los maillones son anillos de metal cuya apertura o cierre se consigue mediante el roscado y desenroscado sobre el aro metálico. Se diferencian de los mosquetones porque no tienen bisagras y su mecanismo de apertura es mucho más lento. Se utilizan en uniones de elementos que no necesitan conectarse y desconectarse frecuentemente. Ver en la figura 3 distintos tipos de maillones.



Figura 3

Tipos de maillones


abo de anclaje

Se utiliza un cabo de anclaje doble unido al anclaje de la cintura del arnés. Ver fig. 4
Figura 4
El cabo de anclaje y sus elementos
El cabo de anclaje doble conecta el arnés con los aparatos de ascenso, descenso o directamente a una estructura. Ver fig. 5. En general deberán cumplir la norma UNE-EN-354:2002.
Los elementos que lo componen son:
Una banda o una cuerda de fibras sintéticas
Un conector que une el cabo al arnés
Dos conectores, uno en cada extremo del cabo para unión a aparatos de progresión y/o estructura

Figura 5

Forma de conexión de cabos de anclaje en progresiones horizontales o a través de estructuras

Aparatos de progresión

Son los dispositivos que sirven para realizar las maniobras sobre las cuerdas y progresar en cualquier dirección. Hay aparatos para ascender (bloqueadores) y aparatos para descender (descendedores); todos ellos necesitan la manipulación del operario para ascender o descender, bloqueándose automáticamente en caso de dejar de actuar, evitando de esta forma un descenso incontrolado. Ver fig. 6 y fig. 7.

Figura 6

Descendedor autoblocante
Figura 7

Funcionamiento del seguro autoblocante

Silla

La silla es un elemento auxiliar recomendable en casos de trabajos de mayor duración ya que mejora el confort de la operación, del todo necesario. No constituye "per se" un elemento de seguridad por lo que deben utilizarse igualmente el resto de elementos de soporte del trabajador; así pues se deben conectar directamente o al mosquetón que une el descendedor al arnés de la cintura, o bien al propio anillo del arnés.

EPI-s auxiliares

Además el operario debe llevar otros EPI's complementarios como son el casco, la ropa de trabajo, los guantes y el calzado de seguridad. Según el tipo de trabajo se adaptarán cada uno de los EPI's indicados.

Petate o saco de trabajo

Son utilizados para llevar las herramientas y materiales necesarios para realizar los trabajos. Básicamente están provistos de un asa, dos correas y un punto de enganche, que sirve para ser izado.

Requisitos normativos del equipo de protección contra caídas de altura

Según el art. 7 del RD 1407/1992 (clasificación de EPI's en categorías) y el Anexo I de la Resolución de 25 de abril de 1996 (Clasificación por categorías de los equipos de protección individual en función de su procedimiento de certificación), el equipo de protección contra caídas de altura es un EPI de categoría III y debe llevar el marcado "CE", una Declaración de conformidad y un Folleto informativo, redactado como mínimo en castellano, en donde se indiquen, entre otras, las condiciones de almacenamiento, uso, limpieza y mantenimiento del mismo.

Protección de la vertical de la zona de trabajo

La zona perimetral de la vertical de donde se vayan a realizar los trabajos debe delimitarse convenientemente.
Existen dos formas que dependen de la envergadura del trabajo y del lugar donde se realice el mismo, a saber: mediante un vallado de malla metálica sobre soportes prefabricados, unidos entre sí, de al menos dos metros de altura, o bien mediante la instalación de un andamio de protección a nivel de primera planta y una lona protectora complementada, en algunos casos, por una red suspendida verticalmente cubriendo toda la fachada que impida que cualquier objeto pueda alcanzar la calle. Ver fig. 8 y 9.

Figura 8

Utilización de una red de protección suspendida con pescantes
Figura 9
Protección total de la fachada. Partes y dimensionado
Además, debe señalizarse la zona convenientemente, básicamente sobre la prohibición de acceso. La señalización ha de resultar visible durante la noche, cuando fuese necesario. Ha de habilitarse un paso seguro para peatones, si se invaden zonas de tránsito público









Cabo de anclaje 

Se utiliza un cabo de anclaje doble unido al anclaje de la cintura del arnés.

El cabo de anclaje y sus elementos


El cabo de anclaje doble conecta el arnés con los aparatos de ascenso, descenso o directamente a
una estructura.
 En general deberán cumplir la norma UNE-EN-354:2002.
Los elementos que lo componen son:
 Una banda o una cuerda de fibras sintéticas
 Un conector que une el cabo al arnés


Aparatos de progresión 
Son los dispositivos que sirven para realizar las maniobras sobre las cuerdas y progresar en
cualquier dirección.  Hay aparatos para ascender (bloqueadores) y  aparatos para descender
(descendedores); todos ellos necesitan la manipulación del operario para ascender o descender,
bloqueándose automáticamente en caso de dejar de actuar, evitando de esta forma un descenso
incontrolado.



Silla 

La silla es un elemento auxiliar recomendable en casos de trabajos de mayor duración ya que
mejora el confort de la operación, del todo necesario. No constituye "per se" un elemento de
seguridad por lo que deben utilizarse igualmente el resto de elementos de soporte del trabajador;
así pues se deben conectar directamente o al mosquetón que une el descendedor al arnés de la
cintura, o bien al propio anillo del arnés.

EPI-s auxiliares 

Además el operario debe llevar otros EPI's complementarios como son el casco, la ropa de trabajo,
los guantes y el calzado de seguridad. Según el tipo de trabajo se adaptarán cada uno de los EPI's
indicados.

Petate o saco de trabajo 
Son utilizados para llevar las  herramientas y materiales necesarios para realizar los trabajos.
Básicamente están provistos de un asa, dos correas y un punto de enganche, que sirve para ser
izado.





Monday, 20 August 2012

EPI´S















GUANTES DE VINILO  UNE -EN 374

Guantes de vinilo son mayormente utilizados en las industrias donde hay una alta posibilidad de transmisión de bacterias y virus. Los trabajadores de los hospitales no son los grandes usuarios de guantes de vinilo ya que usan guantes de látex o guantes de nitrilo. También los trabajadores de la industria de la alimentación usan estos guantes para evitar que las bacterias, virus y otros gérmenes se propaguen. 

Guantes de vinilo no son mejores que los guantes de látex, ya que es fuerte y proporcionar una mayor protección contra los gérmenes. También los guantes de vinilo son económicos y asequibles. Los guantes de vinilo se pueden utilizar para una variedad de razones diferentes. La principal es que uno va a estar haciendo algún tipo de contacto trabajo de limpieza con productos químicos agresivos y quieren asegurarse de que su piel está protegida. Hay dos tipos de estos guantes existen como los que son reutilizables y los que son desechables. Los guantes de vinilo siguen siendo prácticos para las tareas de bajo riesgo, ya que tienen buenas propiedades anti estáticas y son altamente resistentes a las grasas, ácidos y alcoholes.

 Guantes de vinilo también minimizar la irritación de las manos y otros problemas cutáneos. Guantes de vinilo son muy empleados por una cantidad de causas diferentes. Por lo general se emplea para trabajos pesados de limpieza. Son esenciales para poner en proteger la piel. Vienen en tiras y las opciones reutilizables. No tienen látex y que es esencial para aquellos que tienen una tendencia a ser alérgico al látex. El látex se utiliza generalmente en el médico o incluso los consultorios dentales. Que ofrecen mucha más flexibilidad. 




GUANTES DE LATEX  UNE -EN 374

Los guantes de látex son comúnmente usados en hospitales y facilidades médicas como una barrera en contra de bacterias y virus.  En el uso de productos químicos.Es ahora común usar guantes de látex para preparar comidas, para manipular comida y en cualquier servicio donde se haga contacto de persona a persona, y donde haya una oportunidad para una infección o enfermedad.
En caso de alergia a los guantes de latex se recomienda usar de Nitrilo.Los guantes de látex son más gruesos que el material de polímero de vinilo, que son fáciles de perforaci cuando se hay riesgo de pinchao con un objeto punzante. El estiramiento de los dedos no se rompa el látex, sin embargo un cuchillo o una aguja puede. 

















RIESGOS MECANICOS

Estos guantes se utilizan cuando hay riesgo de abrasión, corte por cuchilla, perforación y desgarro.


BOTAS DE SEGURIDAD

Se utilizan cuando exista:
-Aplastamiento, pinchazos y pinchazos en las piernas.
-Salpicaduras de productos químicos.
-Quemaduras ( trabajos que exijan la manipulación de metales fundidos o de materiales a altas temperaturas, se empleará calzado fabricado con materiales aislantes del calor e ignífugos).
-Riesgos eléctricos (Riesgo de electrocución, por lo que el calzado debe ser aislante).
-Riesgo de explosión (el calzado de seguridad no deberá tener clavos ni piezas de hierro o de acero, para evitar la generación de chispas por rozamiento).






CASCO DE  PROTECCIÓN

Se utiliza para proteger la parte superior de la  cabeza contra heridas producidas por objetos que caigan sobre el mismo. 



CHALECO DE SEGURIDAD REFLECTANTE

Chalecos reflectantes obligatorios para salir del vehículo. Los conductores de turismos, autobuses y camiones de más de 3.500 kilogramos, conjuntos de vehículos no agrícolas y ocupantes de los vehículos pilotos de acompañamiento deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén en vías interurbanas.






Estadística de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales











CUADRO RESUMEN














TOTAL NACIONAL   Avance Enero - Mayo 2012 

ACCIDENTES DE TRABAJO VALORES ABSOLUTOS VARIACIONES SOBRE IGUAL PERIODO AÑO ANTERIOR

      2011 2012 Absolutas Relativas en %

ACCIDENTES QUE HAN CAUSADO BAJA EN EL PERIODO DE REFERENCIA (1) 243.135 198.514 -44.621 -18,4


EN JORNADA DE TRABAJO 215.442 172.396 -43.046 -20,0



Leves 213.408 170.643 -42.765 -20,0



Graves 1.817 1.558 -259 -14,3



Mortales  217 195 -22 -10,1



         



SEGÚN SECTOR DE ACTIVIDAD        



         



Total accidentes         



 Agrario  12.860 11.866 -994 -7,7



 Industria  50.332 39.182 -11.150 -22,2



 Construcción  33.316 21.661 -11.655 -35,0



 Servicios  118.934 99.687 -19.247 -16,2



         



Accidentes mortales        



 Agrario  24 27 3 12,5



 Industria  35 45 10 28,6



 Construcción  50 30 -20 -40,0



 Servicios  108 93 -15 -13,9



ÍNDICES DE INCIDENCIA SEGÚN SECTOR DE ACTIVIDAD (2)         



         



Total accidentes  294,7 243,4 -51,3 -17,4



 Agrario  237,2 222,1 -15,1 -6,4



 Industria  496,0 405,4 -90,6 -18,3



 Construcción  620,5 502,6 -117,9 -19,0



 Servicios  228,0 193,5 -34,5 -15,1



         



Accidentes mortales 0,30 0,28 -0,02 -6,7



 Agrario  0,44 0,51 0,07 15,9



 Industria  0,34 0,47 0,13 38,2



 Construcción  0,93 0,70 -0,23 -24,7



 Servicios  0,21 0,18 -0,03 -14,3




       


ACCIDENTES IN ITINERE          27.693 26.118 -1.575 -5,7



Leves 27.210 25.649 -1.561 -5,7



Graves 416 423 7 1,7



Mortales  67 46 -21 -31,3

ACCIDENTES SIN BAJA 318.735 286.753 -31.982 -10,0










(1) Los datos recogidos a partir del 1 de enero de 2012 incluyen los accidentes que han afectado a los trabajadores pertenecientes al Régimen Especial de Empleados de Hogar y al nuevo Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General (véanse Fuentes y Notas).

(2) Para el cálculo de índices de incidencia véanse Fuentes y Notas relativas a este cuadro resumen.

Saturday, 11 August 2012

Incapacidad temporal

Incapacidad temporal. 

Se entiende por incapacidad temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.
  

Incapacidad permanente parcial.

Se considera como incapacitado permanente parcial, al afiliado que, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado.
La incapacidad permanente parcial se presenta cuando el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual, en los porcentajes establecidos en el inciso anterior.
  

Incapacidad Permanente Total: cuando la patología que presenta el trabajador  impide la realización de todas las tareas o las tareas fundamentales de su profesión habitual pero el trabajador puede dedicarse a otra profesión distinta.


Incapacidad Permanente Total Cualificada: se cumplen las mismas características de la Incapacidad Permanente Total, la patología que presenta el trabajador impide la realización de todas las tareas o las tareas fundamentales de su profesión habitual  y el trabajador podría dedicarse a otra profesión distinta, pero el tiene grandes dificultades para acceder a un nuevo empleo por unas determinadas razones (cuestión de edad, de nivel formativo y de especificidad de la comarca en la que trabaja). 

 Incapacidad Permanente Absoluta: es aquella  que se otorga cuando la patología que presenta el trabajador le impide el ejercicio de cualquier profesión u oficio.

Gran Invalidez: se otorga cuando el trabajador además de no poder desarrollar ninguna profesión, necesita de una tercera persona para realizar los actos más elementales de la vida diaria.